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viernes, 9 de octubre de 2015

Enfermedades que impiden renovar el carné de conducir



El Reglamento General de Conductores es claro a la hora de restringir la renovación del carné de conducir a personas con ciertas enfermedades y otros supuestos que, seguramente, no conozcas. Te los contamos.
Algunas más polémicas y entendibles que otras, pero en todas las situaciones que os vamos a contar a continuación se nos impedirá renovar el carné de conducir. A muchos les puede pillar por sorpresa a pesar de que el Reglamento General de Conductores refleja estos supuestos desde su aprobación en 2009.

CONSUMO DE MEDICAMENTOS

Aquellos pacientes que empiecen a tomar de forma habitual medicinas que mermen las capacidades en la conducción.

ENFERMEDADES

Cardiacas

Aquellas personas a las que se les haya colocado un marcapasos tendrán que esperar un mes para renovar su licencia, mientras que los que hayan necesitado una prótesis valvular o hayan sufrido un infarto de miocardio tendrán que hacerlo durante tres meses. La peor parte se la llevan aquellos que hayan necesitado un desfibrilador automático, que no podrán conducir hasta pasados 6 meses. En todos los casos anteriores (y otras dolencias del corazón) será necesaria una visita al médico especialista cada dos o tres años para que elabore un informe de la salud del paciente.

Cerebrovaculares

Tras un ataque isquémico, el afectado deberá esperar seis meses hasta poder renovar su carné de conducir.

Hematológicas

Tres meses es la espera para personas que hayan tenido de anemia, leucopenia o trombopenia.

Mentales

La depresión, la psicosis, la esquizofrenia y otros trastornos mentales son, en general, justificación necesaria para negar la renovación de la licencia de conducir a una persona, aunque en casos de afección leve sí que podrían circular sin riesgo para la seguridad vial.

Diabetes

En caso de que el paciente tenga un tratamiento de insulina, la validez de su permiso de conducir nunca superará los cinco años.

Cancer

Los pacientes tratados con quimioterapia tienen prohibida la conducción hasta tres meses después del último tratamiento y la vigencia del permiso no superará los tres años


OTROS SUPUESTOS

Las personas que sufran a menudo crisis epilépticas, que hayan sido trasplantadas, que tengan enfermedades respiratorias graves, que tengan vértigo o que padezcan problemas oftalmológicos de un nivel muy elevado tendrán prohibida la conducción. En estos casos mencionados, habrá excepciones siempre que el médico especialista refleje en su informe que el paciente no supone un riesgo para su seguridad y la del resto de usuarios de la carretera.