El Reglamento General de Conductores es claro a la hora de restringir la
renovación del carné de conducir a personas con ciertas enfermedades y otros
supuestos que, seguramente, no conozcas. Te los contamos.
Algunas más polémicas y entendibles que otras, pero en todas las situaciones
que os vamos a contar a continuación se nos impedirá renovar el carné de
conducir. A muchos les puede pillar por sorpresa a pesar de que e
l Reglamento General de Conductores refleja estos
supuestos desde su aprobación en 2009.
CONSUMO DE MEDICAMENTOS
Aquellos pacientes que empiecen a tomar de forma
habitual medicinas que mermen las capacidades en la conducción.
ENFERMEDADES
Cardiacas
Aquellas personas a las que se les haya
colocado un marcapasos tendrán que esperar un mes para renovar su licencia,
mientras que los que hayan necesitado una prótesis valvular o hayan sufrido un
infarto de miocardio tendrán que hacerlo durante tres meses. La peor parte se
la llevan aquellos que hayan necesitado un desfibrilador automático, que no
podrán conducir hasta pasados 6 meses. En todos los casos anteriores (y otras
dolencias del corazón) será necesaria una visita al médico especialista cada
dos o tres años para que elabore un informe de la salud del paciente.
Cerebrovaculares
Tras un ataque isquémico, el
afectado deberá esperar seis meses hasta poder renovar su carné de conducir.
Hematológicas
Tres meses es la espera para
personas que hayan tenido de anemia, leucopenia o trombopenia.
Mentales
La depresión, la psicosis, la
esquizofrenia y otros trastornos mentales son, en general, justificación
necesaria para negar la renovación de la licencia de conducir a una persona,
aunque en casos de afección leve sí que podrían circular sin riesgo para la
seguridad vial.
Diabetes
En caso de que el paciente tenga un
tratamiento de insulina, la validez de su permiso de conducir nunca superará
los cinco años.
Cancer
Los pacientes tratados con quimioterapia tienen
prohibida la conducción hasta tres meses después del último tratamiento y la
vigencia del permiso no superará los tres años
OTROS SUPUESTOS
Las personas que sufran a menudo crisis
epilépticas, que hayan sido trasplantadas, que tengan enfermedades respiratorias
graves, que tengan vértigo o que padezcan problemas oftalmológicos de un nivel
muy elevado tendrán prohibida la conducción. En estos casos mencionados, habrá
excepciones siempre que el médico especialista refleje en su informe que el
paciente no supone un riesgo para su seguridad y la del resto de usuarios de la
carretera.
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