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Mostrando entradas con la etiqueta psicotecnicos conductores. Mostrar todas las entradas
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jueves, 10 de marzo de 2016

Plazas de aparcamiento para discapacitados.

¿Quieres hacer las compras y no consigues aparcar? En plazas para discapacitados ni te lo plantees.



Plazas de aparcamiento para discapacitados en León

En el municipio de León, según datos facilitados por el organismo competente de la Junta de Castilla y León, existen un total de 10.799 personas con algún tipo de discapacidad.
La Constitución Española en su artículo 49, refiriéndose a este tipo de personas, ordena a los poderes públicos que presten la atención especializada que requieran y el amparo especial para el disfrute de sus derechos.
Por su parte, el Consejo de la Unión Europea, recomienda la creación de una tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
La Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras de la Comunidad de Castilla y León, modificada por la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas de Castilla y León, regula, entre otras cuestiones, la reserva de plazas de aparcamientos para personas con movilidad reducida, otorgando a los Ayuntamientos la capacidad de aprobar este tipo de normas.
Dentro de este marco normativo, el Ayuntamiento de León, coincidiendo con el año europeo de las personas discapacitadas (año 2003), en aportación al esfuerzo colectivo de emancipación histórica de este tipo de personas, entendiendo, que la utilización de un medio de transporte distinto al público es para muchas personas con discapacidad la única fórmula para desplazarse de manera autónoma con vistas a su integración profesional y social, asume los principios señalados en las normas anteriormente citadas, y considera conveniente la aprobación de la presente Ordenanza cuya finalidad es facilitar el estacionamiento de los vehículos utilizados por personas con movilidad reducida en consonancia con la regulación del estacionamiento para el resto de usuarios de las vías de competencia municipal.
En éste enlace tienes el formulario para solicitar la tarjeta:
Ordenanza especial de estacionamiento para personas con discapacidad


Reconocimientos León ha adaptado sus instalaciones para hacerlas accesibles a TODOS los leoneses, por lo que se ha visto recompesado con la distinción del Ayuntamiento de León.

viernes, 9 de octubre de 2015

Enfermedades que impiden renovar el carné de conducir



El Reglamento General de Conductores es claro a la hora de restringir la renovación del carné de conducir a personas con ciertas enfermedades y otros supuestos que, seguramente, no conozcas. Te los contamos.
Algunas más polémicas y entendibles que otras, pero en todas las situaciones que os vamos a contar a continuación se nos impedirá renovar el carné de conducir. A muchos les puede pillar por sorpresa a pesar de que el Reglamento General de Conductores refleja estos supuestos desde su aprobación en 2009.

CONSUMO DE MEDICAMENTOS

Aquellos pacientes que empiecen a tomar de forma habitual medicinas que mermen las capacidades en la conducción.

ENFERMEDADES

Cardiacas

Aquellas personas a las que se les haya colocado un marcapasos tendrán que esperar un mes para renovar su licencia, mientras que los que hayan necesitado una prótesis valvular o hayan sufrido un infarto de miocardio tendrán que hacerlo durante tres meses. La peor parte se la llevan aquellos que hayan necesitado un desfibrilador automático, que no podrán conducir hasta pasados 6 meses. En todos los casos anteriores (y otras dolencias del corazón) será necesaria una visita al médico especialista cada dos o tres años para que elabore un informe de la salud del paciente.

Cerebrovaculares

Tras un ataque isquémico, el afectado deberá esperar seis meses hasta poder renovar su carné de conducir.

Hematológicas

Tres meses es la espera para personas que hayan tenido de anemia, leucopenia o trombopenia.

Mentales

La depresión, la psicosis, la esquizofrenia y otros trastornos mentales son, en general, justificación necesaria para negar la renovación de la licencia de conducir a una persona, aunque en casos de afección leve sí que podrían circular sin riesgo para la seguridad vial.

Diabetes

En caso de que el paciente tenga un tratamiento de insulina, la validez de su permiso de conducir nunca superará los cinco años.

Cancer

Los pacientes tratados con quimioterapia tienen prohibida la conducción hasta tres meses después del último tratamiento y la vigencia del permiso no superará los tres años


OTROS SUPUESTOS

Las personas que sufran a menudo crisis epilépticas, que hayan sido trasplantadas, que tengan enfermedades respiratorias graves, que tengan vértigo o que padezcan problemas oftalmológicos de un nivel muy elevado tendrán prohibida la conducción. En estos casos mencionados, habrá excepciones siempre que el médico especialista refleje en su informe que el paciente no supone un riesgo para su seguridad y la del resto de usuarios de la carretera.

viernes, 7 de noviembre de 2014

Cómo recuperar los puntos perdidos del carnet de conducir



¿Has perdido algún punto del carnet o todos? No te preocupes, tiene solución. Eso sí, cometer infracciones que restan puntos no sale nada barato.

El organismo que rige qué autoescuelas pueden o no pueden organizar los cursos, es el CNAE (Confederación Nacional de Autoescuelas), existe un listado de los centros autorizados que puede ser consultado tanto en la web de la DGT como en la de la CNAE.
El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:

Para recuperar parte de tus puntos: dos opciones

1. Los puedes recuperar realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas en un Centro concertado con la Administración con el que se podrán recuperar un máximo de 6 puntos.  Este curso sólo podrá realizarse una vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales, que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual.
Realizado el curso, el interesado no deberá acudir a ninguna Jefatura Provincial de Tráfico, sino que el Centro le expedirá un certificado acreditativo de su realización con aprovechamiento, y lo comunicará telemáticamente a la Dirección General de Tráfico para la actualización de los datos del conductor. El curso se hace en dos días (6 horas cada días) y su precio es de 211,25 €.
2. Puedes recuperar tus puntos perdidos cuando pasen dos años sin que cometas infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos. Entonces, volverás a tener el saldo inicial de doce puntos. Pero en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años sin cometer más infracciones.
Para los que han perdido todos los puntos del carnet
Para todo aquel que ya no tenga puntos en su carnet de conducir hay disponible un curso de 24 horas de duración,  que se divide en cuatro jornadas de 6 horas y los días consecutivos pueden ser de dos en dos (lunes + martes, viernes + sábado, por ejemplo).
Para superar este curso, además de las clases, también habrá que aprobar un examen de tipo test en la DGT. El precio de este curso es de 397,66 €. Una vez superado el curso y aprobado el examen, tendrás de nuevo puntos en el carnet. Eso sí, serán 8 en vez de 12.  
Habrá que esperar seis meses para volver a tener autorización para conducir, en el caso de conductores no profesionales, y de 3 meses en el caso de los profesionales.

Cursos adicionales

Para los que han hecho el curso de recuperación total, pero han suspendido el examen teórico, se ofrecen cursos adicionales de cuatro horas para poder volverse a presentar al examen. Este curso, dura 4 horas y sólo se puede hacer dos veces consecutivas, es decir, si la tercera vez que haces el examen teórico también suspendes, tendrás que hacer el Curso de recuperación total. Precio: 124,26 €.



miércoles, 24 de septiembre de 2014

¿Es obligatorio llevar gafas de repuesto en el vehículo?



  Últimamente, nos pregunta mucha gente sobre la obligación de llevar en el coche un par de gafas de repuesto, así que, sirvan estas líneas para aclarar este tema:

NO es obligatorio llevar gafas de repuesto en el vehículo (desde el año 1997), pero, SÍ es recomendable, por lo que pueda ocurrir.
Una vez entrados en materia, recordaos, los elementos obligatorios que hay que llevar en el vehículo.






Obligatorio:
Permiso de Circulación
Tarjeta de Inspección Técnica ITV en vigor
Pegatina de la ITV en lugar visible (si procede)
Permiso de Conducir en vigor
Chaleco reflectante homologado
Triángulo de averías homologado

Muy recomendable:
Seguro obligatorio en vigor
Gafas de repuesto si las necesitas
  
La previsión es fundamental
Sobre todo para viajes largos en coche, no debemos olvidar el teléfono móvil cargado, agua  y comida, una manta y algo de dinero en efectivo. No estaría de más llevar una rueda de repuesto con la presión de aire adecuada según fabricante, y un gato.
Recuerda que no se deben dejar objetos sueltos ni en el maletero ni en el interior del coche, porque en caso de accidente pueden herir a los pasajeros.

jueves, 21 de agosto de 2014

Antes de viajar al extranjero, solicita el Carnet de conducir internacional.

Si tienes pensado viajar al extranjero, fuera de la UE, aunque sea de forma temporal, y quieres conducir allí, antes de irte deberás solicitar en la Jefatura de Tráfico en España el Permiso Internacional de Conducción.
Vemos cómo solicitarlo, la documentación necesaria y qué plazo de validez tiene.

¿En qué países es necesario el Permiso Internacional de Conducción?

El Permiso internacional de conducción es necesario para poder conducir temporalmente en el extranjero, en países fuera de la Unión Europea y que no hayan adoptado el modelo de permiso previsto en los Convenios de Ginebra o Viena.

¿Cómo es el Permiso Internacional de Conducción?

Es una cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee.

 

 

 

¿Qué plazo de validez tiene?

Tiene una validez de 1 año y no es válido para conducir en el país que lo expide (en nuestro caso, en España).

¿Cómo se solicita? Documentación necesaria.

Para solicitarlo, antes de viajar al extranjero, hay que acudir a la Jefatura de Tráfico (pidiendo Cita previa dependiendo de en qué ciudad se encuentre), y presentar allí la documentación siguiente:
  • Abonar Tasa: Son 10€ aprox. Se abona en la propia Jefatura. Sólo pagos en efectivo. (ver Tasas de Tráfico)
  • DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia siempre original y en vigor.
  • Una fotografía actualizada, de 32 x 26 mm. en color.
  • Fotocopia del PERMISO DE CONDUCCIÓN nacional en vigor.
Nota: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aportar su DNI y autorización del interesado para realizar el trámite.

viernes, 27 de junio de 2014

Puntos del Carnet de conducir en España



Credito inicial de puntos del Carnet de conducir en España.


Todos los conductores partimos con un crédito inicial de 12 puntos, salvo los conductores noveles, es decir, aquellos conductores que poseen un permiso de conducir inferior a 3 años, que tendrán un crédito inicial de 8 puntos.


Los conductores que hayan perdido la vigencia del permiso o licencia de conducción, y que la hayan recuperado, también tendrán un crédito inicial de 8 puntos.

Ganar puntos
Los conductores que mantengan la totalidad de los puntos, y no hayan sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infraciones graves o muy graves, tendrán una bonificación de 2 puntos durante los 3 primeros años, y 1 punto, por lo tres siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un un máximo de 15 puntos en lugar de los 12 iniciales.





Recuperar los puntos perdidos
  • Se recuperan los 12 puntos si no se cometen infracciones que supongan la pérdida de puntos en un plazo de 2 años, salvo que la pérdida parcial de puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves en cuyo caso el plazo será de 3 años.
  • Se podrán recuperar hasta un total de 6 puntos mediante la realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial, y por una sóla vez cada 2 años. Si se trata de un conductor profesional podrá realizar el citado curso con frecuencia anual.